El crimen por la espalda del mapuche Rafael Nahuel volvió a poner a Patricia Bullrich en el centro del debate por la legitimidad en el uso de la fuerza represiva. Y una vez más, el gobierno y los medios oficialistas no dudaron en volcar la culpa sobre las víctimas. En una nueva muestra de impunidad política y mediática, la ministra de seguridad llegó a imputar a los mapuches el uso de “armas de alto calibre” que nadie vio. Poco importa que en un desliz de sinceridad mencionara “lanzas” y “cuchillos” como las únicas armas identificadas por Prefectura. Torpe de reflejos, intuyendo tal vez que acababa de tropezar con una incómoda autodesmentida, se apresuró a aclarar: “Tampoco es que pudieron ver a todos.”
La amenaza abstracta del uso de armas de fuego le bastó a la ministra para caracterizar a los mapuches involucrados en las tomas de tierras como “grupos violentos”, y para englobarlos sin distinción dentro de la difusa categoría ‘RAM’, una categoría que ni ella parece terminar de creer. En un segundo acto de torpeza y sinceridad, Bullrich explicó que la RAM no es más que “un nombre genérico”, dejando en claro que la existencia real de esta organización no es algo que preocupe al gobierno. Le alcanza con utilizar la denominación como instrumento de descalificación mediática, con el propósito de legitimar la persecución y la represión (incluido el asesinato) de aquella porción de la comunidad mapuche que asume el riesgo de militar sus derechos constitucionales. Porque a pesar de la insistencia en contrario de Bullrich, la Constitución no duda en ponerse del lado de los mapuches.
Basta analizar uno de los argumentos más transitados por el oficialismo y sobre el cual la ministra volvió una y otra vez en su conferencia de prensa: “No respetan la ley y no reconocen a la Argentina, al Estado, a la Constitución, a los símbolos; se consideran como un poder fáctico, que puede resolver con una ley distinta a la de todos los argentinos.”
La debilidad de este argumento radica en su inconstitucionalidad. La Constitución argentina es clara sobre la actitud que el Estado nacional debe tener frente a la problemática aborigen, una problemática que no había sido reconocida constitucionalmente hasta la reforma de 1994. En su art. 75, inc. 17, la nueva constitución llama a “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”. Este reconocer una preexistencia que no solo es étnica, sino también cultural, implica admitir que existirán necesariamente áreas de conflicto entre el Estado de derecho argentino y la cultura que es reconocida como anterior a la conformación de dicho Estado. Porque reconocer la cultura mapuche es reconocer también su concepción del derecho, no siempre coherente con la legislación argentina.
Al reconocer la preexistencia mapuche, la Constitución obliga al Estado nacional a asumir como natural la desconfianza y el rechazo de este pueblo hacia los símbolos y las instituciones nacionales. Lejos de ser un indicio de desviación de la legalidad (que es como busca plantearlo el gobierno), esta desconfianza y este rechazo son la resultante natural del complejo sustrato cultural sobre el cual se erigió el Estado argentino. Si hasta el momento el Estado de derecho había sido impuesto contra la voluntad del pueblo mapuche, la Constitución llama a repensar esta imposición violenta, empezando por asumir como legítimo que las culturas preexistentes tengan su propia concepción del derecho; por ejemplo, en lo que hace a sus derechos sobre territorios ancestrales.
No hace falta más que buena voluntad y apego a la Constitución para comprender que las diferencias entre el Estado y los pueblos indígenas no pueden ser dirimidas mediante la imposición de la fuerza, sino a partir del respeto, la comprensión, el diálogo y la negociación. Aunque estos términos suelen formar parte del léxico oficial del macrismo, acostumbran a darse de bruces con su accionar concreto: “No va a haber ningún diálogo con grupos violentos que violan la ley”, insistió Bullrich.
El articulado constitucional agrega un segundo camino para el acercamiento entre las posiciones del Estado y los pueblos originarios: el camino de los derechos. Por eso el artículo 75 garantiza a las empobrecidas comunidades indígenas el acceso a la personería jurídica, a la entrega de tierras, a la propiedad comunitaria de las mismas, a la participación en la gestión de sus recursos naturales y a una educación intercultural y bilingüe. Todos derechos constitucionales que el Estado debería garantizar pero que, incumplidos en gran medida, empujan el reclamo y la acción de los distintos grupos mapuches.
La contradicción flagrante entre el discurso legalista del gobierno y su accionar inconstitucional es apenas una entre las muchas incoherencias a las que nos tiene acostumbrados la narrativa oficial, dirigida a crear sentido en una porción de la población cada vez más desinformada. “No tenemos ningún límite más que los límites de nuestra Constitución”, aseguró Bullrich, sin que los constitucionalistas que se pasean por los estudios de televisión pusieran en ejercicio su acostumbrada pose de indignación mediática.
A todo lo anterior debe agregarse que presentar a las comunidades mapuches como grupos que no reconocen al Estado nacional fomenta la imagen de estas como comunidades apátridas o extra-argentinas; una construcción dirigida a la buena conciencia del televidente desinformado, que ignora la letra constitucional tanto como los millonarios intereses inmobiliarios que los reclamos mapuches están poniendo en riesgo. Nada dicen los medios oficialistas sobre la creciente apropiación de la Patagonia por parte de terratenientes extranjeros (desde Lewis a Benetton, pasando por Tomkins, Turner, Lay, y un largo etcétera); nada nos dicen tampoco de la sentencia judicial incumplida por Lewis por la usurpación del Lago Escondido, que no ha merecido represión alguna por parte de las fuerzas de Bullrich, ni del decreto 820/2016 con el que Macri amplió el límite de tierras que pueden ser adquiridas por privados de nacionalidad extranjera. Los extra-argentinos, para el relato oficial, son los mapuches. El gobierno y la prensa macrista los han convertido en invasores dentro de su propio territorio, una absurda paradoja que pelea cabeza a cabeza con los curiosos axiomas de la ministra de seguridad: “Se acabó el mundo del revés”, llegó a concluir en su conferencia de prensa.
Junto con la preexistencia cultural y con todos los derechos reconocidos constitucionalmente al pueblo mapuche, el artículo 75 también obliga al Estado a garantizarles “el respeto a su identidad”. Es la ley y nuestra definición de lo argentino lo que está en juego. Sabemos que no podrá haber preexistencia cultural ni identidad mapuche mientras se utilicen una ley huinca y una confusa retórica nacionalista como excusa para perseguirlos, desalojarlos y matarlos.
La amenaza abstracta del uso de armas de fuego le bastó a la ministra para caracterizar a los mapuches involucrados en las tomas de tierras como “grupos violentos”, y para englobarlos sin distinción dentro de la difusa categoría ‘RAM’, una categoría que ni ella parece terminar de creer. En un segundo acto de torpeza y sinceridad, Bullrich explicó que la RAM no es más que “un nombre genérico”, dejando en claro que la existencia real de esta organización no es algo que preocupe al gobierno. Le alcanza con utilizar la denominación como instrumento de descalificación mediática, con el propósito de legitimar la persecución y la represión (incluido el asesinato) de aquella porción de la comunidad mapuche que asume el riesgo de militar sus derechos constitucionales. Porque a pesar de la insistencia en contrario de Bullrich, la Constitución no duda en ponerse del lado de los mapuches.
Basta analizar uno de los argumentos más transitados por el oficialismo y sobre el cual la ministra volvió una y otra vez en su conferencia de prensa: “No respetan la ley y no reconocen a la Argentina, al Estado, a la Constitución, a los símbolos; se consideran como un poder fáctico, que puede resolver con una ley distinta a la de todos los argentinos.”
La debilidad de este argumento radica en su inconstitucionalidad. La Constitución argentina es clara sobre la actitud que el Estado nacional debe tener frente a la problemática aborigen, una problemática que no había sido reconocida constitucionalmente hasta la reforma de 1994. En su art. 75, inc. 17, la nueva constitución llama a “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”. Este reconocer una preexistencia que no solo es étnica, sino también cultural, implica admitir que existirán necesariamente áreas de conflicto entre el Estado de derecho argentino y la cultura que es reconocida como anterior a la conformación de dicho Estado. Porque reconocer la cultura mapuche es reconocer también su concepción del derecho, no siempre coherente con la legislación argentina.
Al reconocer la preexistencia mapuche, la Constitución obliga al Estado nacional a asumir como natural la desconfianza y el rechazo de este pueblo hacia los símbolos y las instituciones nacionales. Lejos de ser un indicio de desviación de la legalidad (que es como busca plantearlo el gobierno), esta desconfianza y este rechazo son la resultante natural del complejo sustrato cultural sobre el cual se erigió el Estado argentino. Si hasta el momento el Estado de derecho había sido impuesto contra la voluntad del pueblo mapuche, la Constitución llama a repensar esta imposición violenta, empezando por asumir como legítimo que las culturas preexistentes tengan su propia concepción del derecho; por ejemplo, en lo que hace a sus derechos sobre territorios ancestrales.
No hace falta más que buena voluntad y apego a la Constitución para comprender que las diferencias entre el Estado y los pueblos indígenas no pueden ser dirimidas mediante la imposición de la fuerza, sino a partir del respeto, la comprensión, el diálogo y la negociación. Aunque estos términos suelen formar parte del léxico oficial del macrismo, acostumbran a darse de bruces con su accionar concreto: “No va a haber ningún diálogo con grupos violentos que violan la ley”, insistió Bullrich.
El articulado constitucional agrega un segundo camino para el acercamiento entre las posiciones del Estado y los pueblos originarios: el camino de los derechos. Por eso el artículo 75 garantiza a las empobrecidas comunidades indígenas el acceso a la personería jurídica, a la entrega de tierras, a la propiedad comunitaria de las mismas, a la participación en la gestión de sus recursos naturales y a una educación intercultural y bilingüe. Todos derechos constitucionales que el Estado debería garantizar pero que, incumplidos en gran medida, empujan el reclamo y la acción de los distintos grupos mapuches.
La contradicción flagrante entre el discurso legalista del gobierno y su accionar inconstitucional es apenas una entre las muchas incoherencias a las que nos tiene acostumbrados la narrativa oficial, dirigida a crear sentido en una porción de la población cada vez más desinformada. “No tenemos ningún límite más que los límites de nuestra Constitución”, aseguró Bullrich, sin que los constitucionalistas que se pasean por los estudios de televisión pusieran en ejercicio su acostumbrada pose de indignación mediática.
A todo lo anterior debe agregarse que presentar a las comunidades mapuches como grupos que no reconocen al Estado nacional fomenta la imagen de estas como comunidades apátridas o extra-argentinas; una construcción dirigida a la buena conciencia del televidente desinformado, que ignora la letra constitucional tanto como los millonarios intereses inmobiliarios que los reclamos mapuches están poniendo en riesgo. Nada dicen los medios oficialistas sobre la creciente apropiación de la Patagonia por parte de terratenientes extranjeros (desde Lewis a Benetton, pasando por Tomkins, Turner, Lay, y un largo etcétera); nada nos dicen tampoco de la sentencia judicial incumplida por Lewis por la usurpación del Lago Escondido, que no ha merecido represión alguna por parte de las fuerzas de Bullrich, ni del decreto 820/2016 con el que Macri amplió el límite de tierras que pueden ser adquiridas por privados de nacionalidad extranjera. Los extra-argentinos, para el relato oficial, son los mapuches. El gobierno y la prensa macrista los han convertido en invasores dentro de su propio territorio, una absurda paradoja que pelea cabeza a cabeza con los curiosos axiomas de la ministra de seguridad: “Se acabó el mundo del revés”, llegó a concluir en su conferencia de prensa.
Junto con la preexistencia cultural y con todos los derechos reconocidos constitucionalmente al pueblo mapuche, el artículo 75 también obliga al Estado a garantizarles “el respeto a su identidad”. Es la ley y nuestra definición de lo argentino lo que está en juego. Sabemos que no podrá haber preexistencia cultural ni identidad mapuche mientras se utilicen una ley huinca y una confusa retórica nacionalista como excusa para perseguirlos, desalojarlos y matarlos.
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